(Derecho Comercial) Garantía dada sobre un efecto de comercio por una persona denominada “dador de aval” o “avalista”, que se compromete a pagar su monto al vencimiento si el firmante o los firmantes por los que ha sido dado el aval, no lo hacen.
La operación se asemeja a la fianza.
Dentro del comercio, el afianzamiento, dado por un tercero, para pagar una letra de cambio.
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