(Derecho Internacional Público) Zona reservada por tratado a la exclusiva influencia política de determinado Estado.
Práctica vinculada a la expansión colonial (particularmente en Africa, a fines del siglo xix) o al imperialismo dentro del marco de la política de los bloques (p. ej., la Europa del Este formaba parte de la zona de influencia soviética después de los acuerdos de Potsdam y de Yalta en 1945).
Es la franja de terreno comprendido entre los primeros quinientos metros a partir del límite interior de la ribera del mar, en la que se respetarán las exigencias de protección del dominio público marítimo-terrestre a través de, entre otros, los criterios siguientes: (1) prever reservas de suelo para aparcamiento de vehículos, (2) evitar pantallas arquitectónicas o acumulación de volúmenes, (3) obtener la previa autorización de vertido cuando el otorgamiento de licencia de obra implique la realización de vertidos.
Ley de Costas, artículo 30.
La que comprende un grupo de naciones sobre las cuales ejerce influencia, por razones económicas y estrategicas, una gran potencia.
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