Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Préstamo con participación En los beneficios

De acuerdo con un concepto generalmente aceptado, el mutuo o préstamo es un contrato por el cual una persona entrega a otra cierta cantidad de cosas, a título gratuito u oneroso, que la segunda esta autorizada a consumir, con la obligación de devolverla en un tiempo convenido.

En consecuencia, los elementos del mutuo son: a) la entrega de una cantidad de cosas; b) facultad para el prestatario de consumirlas; c) obligación de esté de devolver una igual cantidad de la misma especie y calidad.

Sus caracteres son los siguientes: 1) es un contrato unilateral; 2) gratuito u oneroso; 3) real, ya que solo se perfecciona con la entrega de la cosa.

El préstamo comercial generalmente esta regulado por el código de comercio(v. Gr., En la Argentina, arts. 588 y sgtes.) Atribuyéndosele tal carácter "cuando la cosa prestada puede ser de género comercial, o destinado a uso comercial, y tiene lugar entre comerciantes, o teniendo por lo menos el deudor esa calidad". Obsérvese que aquí se sigue un criterio mixto para la calificación
del contrato, pues combina el criterio meramente objetivo, que por lo general siguen los códigos para el encuadramiento de los actos jurídicos, con el subjetivo.

Ahora bien, la participación en los beneficios es simplemente una variante de la onerosidad del préstamo, que en nada cambia los elementos o los caracteres del contrato, enunciados anteriormente.

Si cotejamos estos elementos y caracteres con los
correspondientes a la sociedad, especialmente en lo relativo al acto constitutivo de ésta, su personalidad moral, los obligatorios aportes, la formación de patrimonio y la participación en las ganancias y las pérdidas, veremos que se trata de institutos bien diversos.

Quizás en la practica, ante algunos muy peculiares contratos de préstamo con participación en los beneficios, pueda surgir alguna duda respecto de su verdadera naturaleza jurídica. Pero si se

analiza en cada caso debidamente el contrato, no encontrándose todos los elementos que caracterizan la sociedad, en ninguna forma podrá entenderse que el préstamo a que nos hemos referido se confunde con una sociedad.


Préstamo con interés variable      |      Préstamo con póliza flotante