Es una noción básica para determinar la existencia de una entente o de otra forma, tipificada legalmente, de infracción al Derecho comunitario de la libre competencia. Dicha noción sirve para determinar la existencia de una posición dominante por parte de una empresa, de la misma manera que sirve para determinar los efectos de un acuerdo, decisión o práctica empresarial y su posible calificación como entente. La jurisprudencia comunitaria utiliza tres factores para delimitar la noción de mercado relevante: primero, el factor tiempo; segundo, el factor espacio; tercero, el factor producto. El factor temporal se refiere a la duración de la influencia que la actuación o posición empresarial tenga. El factor espacial, se refiere a la delimitación geográfica del mercado cuestionado. El factor producto, hace alusión a los conceptos de sustituibilidad, semejanza y complementariedad de aquél.
Tratado CEE, artículos 85 y 86.
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