Es el miembro del órgano jurisdiccional colegiado encargado de realizar las gestiones directas relacionadas con el pleito. En el turno previsto a tal fin entran todos los magistrados de la Sala, incluido el presidente. La designación del Magistrado ponente se hace, para cada pleito, en la primera resolución que se dicte en el proceso. Entre las funciones encomendadas al Ponente, se encuentran: la redacción de las resoluciones del Tribunal cuando su voto sea conforme con lo acordado; pronunciará en audiencia pública la sentencia; examinará las pruebas propuestas e informará sobre su pertinencia; presidirá la práctica de aquéllas; examinará si se han observado los trámites legales.
Ley orgánica del Poder judicial, artículos 203 a 206.
En los tribunales colegiados es el juez que por turno tiene la dirección del procedimiento y dicta fallo en primer término. Los restantes miembros del tribunal pueden adherirse o no (expresando su propio fallo diverso o modificatorio) a sus conclusiones. La sentencia definitiva se impone por simple mayoría.
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