Enciclopedia jurídica

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Grados del conocimiento Jurídico

Aplicando los conceptos sobre conocimiento al saber jurídico, resulta que éste puede ser de tres grados:

1) conocimiento jurídico vulgar entre otros aspectos, es el que se refiere:

a) al concepto del derecho que tienen la generalidad de las personas, limitado a la ley, al decreto, a la ordenanza municipal, etcétera, según los casos y al carácter obligatorio de estas disposiciones; b) al conocimiento de casos particulares resueltos por los tribunales; c) a la existencia de normas jurídicas que han regido o rigen en un lugar determinado. Por ej., Que las leyes de
Estados unidos de Norteamérica y de México permiten que la gente se divorcie mas facilmente o en forma absoluta.

2) conocimiento jurídico científico. Aclarémoslo mediante un ejemplo sencillo:
una persona, por el hecho de haber celebrado un contrato de locación, puede saber como se realiza, que cláusulas contiene, etcétera, lo que configura un conocimiento vulgar. Pero, si sobre esa base nos remontamos al estudio del régimen jurídico de este contrato en nuestras leyes, jurisprudencia, etcétera y, más aun, al análisis de los elementos permanentes y accidentales de todo contrato, estaremos haciendo ya ciencia del derecho.

El enfoque científico de la realidad jurídica, es lo que da origen a las ciencias jurídicas que, por ser varias, la encaran desde distintos puntos de vista.

3) conocimientos jurídico filosófico.

Aclarémoslo también con un ejemplo:

las ciencias jurídicas dan por supuestos una serie de conceptos, como la noción del derecho, de la justicia, etcétera, que son problematizados por el pensamiento filosófico y estudiados intensivamente, analizandose así los fundamentos mismos sobre los que reposan las ciencias jurídicas.

El conjunto de todos éstos problemas -los mas generales y profundos que se refieren al derecho- es lo que origina la filosofía del derecho.


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