Acción o efecto de graduar, de dividir en grados o categorías a las personas, cosas o derechos. | En general, toda ordenación o escalonamiento. | En el ejército, categoría o grado de un militar profesional, desde alférez o teniente hasta general. | DE ACREEDORES. En caso de concurso o quiebra, clasificación que se hace de ellos para señalarles el lugar, orden y grado que deben ocupar, según el origen y naturaleza de sus créditos, para ser pagados con los bienes del deudor común. | DE CRÉDITOS. Teniendo en cuenta que los privilegios no puede resultar sino de una disposición de la ley y que al deudor no le es dable crear privilegio a favor de ninguno de sus acreedores, se habla de graduación de créditos mejor que de graduación de acreedores; pues el grado corresponde a los créditos, y no a las personas.
Grados del conocimiento Jurídico | | | Graduación de créditos |