(Derecho Administrativo) Término genérico que designa indiferentemente todas las formas de ilegalidad que pueden viciar un acto administrativo. V. Recurso.
(Procedimiento Civil) Un órgano del orden judicial comete exceso de poder cuando invade atribuciones del poder legislativo o del poder ejecutivo, cuando se arroga competencias que no posee o cuando viola principios fundamentales del procedimiento (libertad de la defensa).
El exceso de poder está sancionado con una apelación en casación.
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