(Derecho Civil) V. Domicilio elegido.
(Procedimiento Civil) Declaración por la cual un litigante dice domiciliarse en un lugar distinto de su domicilio real y gracias a la cual los actos del procedimiento son válidamente notificados en el domicilio elegido.
La designación de abogado, por ejemplo, implica la elección de domicilio en la residencia del abogado designado.
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