Derecho Procesal
En el juicio declarativo ordinario de mayor cuantía, según la L.E.C.1881, acto procesal mediante el cual el demandado puede contestar a la réplica (V.) del actor, introduciendo nuevas alegaciones en su defensa.
En lo antiguo: respuesta a un escrito de réplica (respuesta del actor a la contestación de la demanda).
Tanto el escrito de réplica como el de dúplica, caros al proceso común del derecho canónico durante el medioevo, han sido abolidos de las normas procesales contemporáneas.
Se designa con este nombre, y también con el duplicación o contrarréplica, el escrito o trámite con que se suele contestar a la réplica dada por el actor a la contestación de la demanda; o sea, la confirmación o ampliación de los alegatos de ésta.
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