Enciclopedia jurídica

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Convenios de doble imposición

Es el remedio establecido por dos o más Estados soberanos para evitar la doble imposición en sus respectivos países y en relación con los firmantes del convenio. Los organismos internacionales han sugerido modelos de convenios para tales fines. Correlativamente, se ha acrecentado la colaboración entre Estados, en especial en las zonas económicas particularmente integradas, para evitar que el fraude fiscal adquiera carácter supranacional. En este sentido, el Ministerio de Hacienda procederá al intercambio de información tributaria con los demás Estados miembros de la CE, para la correcta liquidación de los impuestos que en cada uno de aquéllos graven la renta o el patrimonio, así como del IVA.

Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.


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