Derecho de las Comunidades Europeas
Creada por el Tratado de París de 18 de abril de 1951. Es una comunidad sectorial que abarca exclusivamente al carbón y el acero. Considerada como el embrión de la actual Unión Europea. Sus órganos rectores se fusionaron con los de la C.E.E. y la EURATOM conforme al Tratado de 8 de abril de 1965.
Tiene por objeto la creación de un mercado común mediante la supresión de los derechos de entrada o salida o exacciones de efecto equivalente y las restricciones cuantitativas a la circulación de los productos, de las medidas o prácticas que establezcan una discriminación entre productores, compradores o usuarios, de las subvenciones o ayudas otorgadas por los Estados miembros y de las prácticas restrictivas tendentes al reparto o a la explotación de los mercados.
Actúa mediante la adopción de medidas destinadas a hacer frente a las transformaciones económicas y sociales a través de indemnizaciones o financiando nuevas actividades; facilita la realización de programas de inversión; apoya la investigación técnica y económica sobre la producción y consumo de carbón y acero; puede intervenir directamente, cuando las circunstancias lo exigen, en la producción y en el mercado y puede fijar precios máximos y mínimos para la realización de los objetivos del Tratado y en circunstancias de crisis.
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