Enciclopedia jurídica

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Casación penal por quebrantamiento de forma

Procede esta modalidad del recurso de casación en los siguientes casos: cuando se haya denegado alguna diligencia de prueba que se considere pertinente; cuando se haya omitido la citación de alguna parte para que comparezca en el acto del juicio oral; cuando el presidente del tribunal se niegue a que un testigo conteste a una pregunta pertinente y de manifiesta influencia en la causa; cuando se desestime cualquier pregunta por capciosa o impertinente, no siéndolo, siempre que tuviere verdadera importancia para el resultado del juicio; cuando, no concurriendo algún acusado, el tribunal no suspendiera el juicio para los demás procesados, siempre que haya causa fundada que se oponga a juzgarles con independencia; cuando en la sentencia no se expresa claramente cuáles son los hechos probados, o haya contradicción entre ellos o en los mismos se predetermine el fallo; cuando en la sentencia no se resuelva sobre todos los puntos objeto de la acusación y defensa; cuando se pene un delito más grave que el planteado por la acusación; cuando en la formación del tribunal hubiere defecto grave (falta de concurrencia, etc.).

Ley de Enjuiciamiento criminal, artículo 850.


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