Enciclopedia jurídica

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Capital fiscal en el impuesto sobre sociedades

Es el concepto tributario básico para la determinación de la base imponible por vía patrimonial, ya que dicha base es la diferencia entre el valor del capital fiscal de la sociedad sujeto pasivo al principio y al final del período impositivo. Dicho procedimiento es subsidiario del de determinación por vía de renta; es decir, se aplica cuando no es posible aplicar el otro por falta de soportes contables adecuados. El capital fiscal se determina por la diferencia entre el importe del activo y el de las obligaciones para con tercero, minorada, en su caso, por el saldo deudor de la cuenta de pérdidas y ganancias. Al calcular la diferencia entre los capitales fiscales final e inicial, hay que tener en cuenta los pagos del sujeto pasivo que deben formar parte de la renta imponible y que no constarán en el capital fiscal del último día del ejercicio.

Ley del Impuesto sobre sociedades, artículo 17.


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