Derecho Fiscal
Es una forma de colaboración con la Administración tributaria que no supone un acto administrativo, sino una simple declaración tributaria en la que el propio sujeto pasivo practica también la liquidación tributaria consecuente. La autoliquidación es, así pues, una declaración-liquidación practicada y presentada por el propio sujeto pasivo y, por tratarse de una declaración tributaria, necesita siempre de un posterior acto de la Administración.
En el sistema tributario español es general la práctica de la autoliquidación, siendo la excepción el Impuesto sobre Sucesiones.
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