Derecho Mercantil
Es el órgano deliberante de las sociedades cooperativas. Existe también un órgano de gestión, que es el consejo rector, y un órgano de intervención de las cuentas sociales.
La asamblea general, integrada por los socios, y en su caso los asociados, es el órgano supremo de expresión de la voluntad social, y sus acuerdos se impone en todos aquéllos, incluso a los disidentes y a los que no hayan participado en la reunión. Tiene las más amplias facultades de orden a los asuntos propios de la cooperativa. En principio cada socio tiene derecho a un voto, sin perjuicio de que en las cooperativas de primer grado, que no sean de vivienda o de consumo, puedan establecer los estatutos un voto plural. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple, y los que sean contrarios a la ley o a los estatutos pueden ser impugnados en juicio declarativo ordinario o por un procedimiento especial, similar al de impugnación de los acuerdos sociales de las sociedades anónimas.
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