Enciclopedia jurídica

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Acuerdos de exclusividad

Es un grupo genérico de acuerdos contractuales que tienen dos factores comunes: primero, el de la exclusividad en cualquiera de sus muchas posibles manifestaciones; segundo, el de la prohibición a causa de anticompetitividad. Para que esta última sea apreciable es preciso que dichos acuerdos acarreen una compartimentación de los mercados geográficos nacionales o regionales de un producto; es decir, cuando atenten contra el principio de la libertad de circulación de mercancías y contra el principio del establecimiento de un mercado único. Las principales modalidades de acuerdos de exclusividad que aquí interesan son : venta exclusiva, por la que una empresa se compromete, frente a la otra, a reservarle la entrega de ciertos productos o servicios, generalmente con fines de reventa, en un territorio y por un tiempo determinados; exclusividad recíproca, por la que, a cambio de la obligación de no vender más que a una empresa ciertos productos y en una zona determinada, esta última empresa, en contraprestación, se obliga a aprovisionarse solamente en la primera.

Tratado CEE, artículo 85.


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