(Derecho Penal) Circunstancia agravante de las infracciones de arresto, detención y secuestro ilegales, consistente en el hecho de retener a la víctima, ya para preparar o facilitar la comisión de un crimen o de un delito, ya para favorecer la fuga o asegurar la impunidad de los autores o cómplices del crimen o delito, ya, en un lugar mantenido en secreto, para responder de la ejecución de una orden o de una condición, y del crimen de secuestro
o de desviación de menor por fraude o violencia, consistente en la exigencia del pago de un rescate o de la ejecución de una orden o de una condición (C. P., arts. 343 y 355, ley del 9 de julio de 1971).
Toma de razón | | | Toma en consideración |