[DE] El principio de subsidiariedad recogido en el TCE tiene como finalidad garantizar que la Comunidad Europea tan sólo actúe cuando sus Estados miembros no alcancen por sí solos la resolución de determinados cuestiones mediante las medidas que hayan adoptado y, a la vez, permitir que los Estados sigan siendo soberanos y actúen con autoridad en los sectores donde la Comunidad no puede actuar de forma satisfactoria. Constituye la base del reparto de competencias entre los distintos niveles y la garantía de cierta interdependencia entre los mismos.
TCE, art. 5.2; Resolución del Parlamento de 13-5-1997.
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