Enciclopedia jurídica

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Sociedad mercantil

[DMer] Sociedad que adopta alguno de los tipos o formas de sociedad previstas en la legislación mercantil. Sociedad mercantil es un contrato por el que varias personas (socios) aportan bienes con la finalidad de partir las ganancias y obtener lucro. La organización por la que se articula la actividad de colaboración de los socios es la que da lugar a las diversas formas de compañía mercantil. Los tipos societarios pueden ser: 1) regular colectiva;
2) comanditaria simple o por acciones;
3) sociedad anónima, y 4) sociedad de responsabilidad limitada.
Ccom, art. 116.

Es la forma más común de empresa social. Se constituye por la integración voluntaria de personas que crean un fondo patrimonial común (masa patrimonial o fondo común) para colaborar en la explotación de una actividad empresarial, obtener unos beneficios y participar en el reparto de los mismos. La idea fundamental es la de colaboración o affectio societatis (ius fraternitatis). Cuando en la agrupación predomina la valoración de las personas (intuitu personae) que se asocian, se dice que es sociedad personalista o sociedad individualista; en la sociedad de capital o sociedad colectivista, predomina la valoración de la aportación económica (intuitu pecuniae).

El término corporación es utilizado también para referirse a los diversos tipos de sociedades dedicadas a la actividad mercantil. En los países federados, se denomina corporación doméstica a la sociedad constituida y organizada según la legislación de cualquiera de los estados federados.

Código de comercio, artículo 116.


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