Se designa así cuando todos los integrantes del sindicato, todos sus elementos, consagran sus actividades al proceso económico, dentro de una determinada rama de producción. Cada sindicato vertical está integrado por todos los patronos, empresas, estable, cimientos patronales, técnicos, empleados y obreros ocupados en una determinada rama de actividades, es un instrumento al servicio de
la política económica de la Nación, que interviene, por medio de órganos especializados, en la reglamentación y vigilancia de las condiciones de trabajo y en la creación, sostenimiento y fiscalización de organismos de investigación, educación moral, física e intelectual, previsión, auxilio y los de carácter social que interesen a los elementos que intervienen en la producción, así
como establecer oficinas de colocación para proporcionar empleo al
trabajador, de acuerdo con su aptitud y mérito, y por último, suministrar al estado las estadísticas de producción.
Se lo califica como organismo de derecho público queriendo significar que no es órgano del estado, sino instrumento al servicio del estado, con goce de imperium en el ejercicio de las funciones que este le encomienda y en las de su propia competencia. La intervención del sindicato en la elaboración de la reglamentación del trabajo o en su respectiva rama de actividad se verifica proponiendo a la autoridad encargada de la reglamentación, las soluciones que mejor cuadren al proceso agrícolo, industrial, comercial o al servicio que representen.
La vigilancia y cumplimiento de los reglamentos aprobados corren a cargo del sindicato, por cuenta propia o en colaboración con las autoridades administrativas.
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