(Derecho Civil) Prerrogativa reconocida al heredero de entrar en posesión de los bienes sucesorales y de ejercer los derechos del difunto, sin que tenga necesidad de solicitar una autorización previa.
(Procedimiento Civil) Formalidad por la cual un litigante lleva su diferendo ante una jurisdicción a fin de que esta examine la admisibilidad y el fundamento de sus pretensiones. Este trámite se lleva a cabo generalmente con la entrega en la secretaría-archivo de una copia de la citación (notificación) o de una demanda conjunta. La presentación voluntaria de los adversarios ante el juez implica a veces que este queda investido para actuar.
(Derecho Administrativo) La adquisición de la competencia por parte del juez administrativo se realiza por la entrega de la secretaria-archivo de la petición de la introducción de la instancia.
Safismo | | | Sala |