Es el centro en el que se inscriben los testamentos o actos de última voluntad que han sido otorgados en territorio español ante notario o en el extranjero ante los agentes consulares españoles. Dicho registro expide certificaciones, que son documentos públicos, en los que se indica la existencia de testamentos y actos análogos; pero las certificaciones de este registro no responden de la validez y autenticidad de los actos referidos y, obviamente, no responden de que existan otros testamentos que desvirtúen el que consta inscrito en dicho registro.
Real Decreto de 14 de noviembre de 1885, regulando el Registro de actos de última voluntad.
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