Enciclopedia jurídica

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Recurso de fuerza en conocer

Cuando un tribunal de la jurisdicción civil y otro de la jurisdicción eclesiástica pretenden conocer de un mismo asunto o apartarse de él, se dice que el conflicto ha de resolverse mediante el recurso denominado de fuerza en conocer. Este recurso, actualmente derogado, podía promoverse por los interesados y por el fiscal, siendo decidido por un tribunal civil.

Ley orgánica de Conflictos de jurisdicción, cuya Disposición derogatoria primera b), deja sin efecto los artículos 125 a 152 de la Ley de Enjuiciamiento civil, dedicados, bajo el título III, a los recursos de fuerza en conocer.


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