[DF] Tipo de recursos administrativos que tienen por objeto comprobar la adecuación al ordenamiento jurídico de los actos administrativos de contenido económico regulados por el Derecho financiero. Esta clase de recursos tiene un procedimiento especial distinto a la vía administrativa común. Se sustancian por la vía económico-administrativa las reclamaciones que se deduzcan sobre las siguientes materias: 1) la gestión, inspección y recaudación de los tributos, exacciones parafíscales y, en general, de todos los ingresos de Derecho público de las Administraciones públicas; 2) el reconocimiento o liquidación de obligaciones del Tesoro Público y cuestiones relacionadas con las operacionés de pago con cargo al Tesoro; 3) reconocimiento y pago de toda clase de pensiones y derechos pasivos,
4) los actos relativos a los tributos que constituyan ingresos de las Haciendas Locales en los casos en que así se disponga por la legislación reguladora de dichas Haciendas, y 5) cualesquiera otras respecto de las que por precepto legal expreso así se declare.
RD 391/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones Económico- administrativas.
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