(Procedimiento Civil) Procedimiento seguido por una jurisdicción encargada de una dificultad no contenciosa, pero cuya resolución supone la intervención de un magistrado en ejercicio de su poder de “imperium”. Se caracteriza, de una parte, por la simplicidad de las formas de la demanda (basta una declaración de la parte en la secretaría de la jurisdicción), y, de otra, por la necesidad, ante el tribunal de gran instancia y ante la corte de apelación, de correrle traslado del asunto al ministerio público y de designar un magistrado ponente, encargado de instruirlo. V. Decisión graciosa.
Procedimiento en materia contenciosa | | | Procedimiento en rebeldía |