Se trata de un procedimiento cuyo único objeto es confirmar por medio de una operación técnica los límite de un terreno, sin
perjuicio de los derechos del lindero. O, como lo expresa en forma mucho más completa Alsina, es la operación técnica que tiene por objetó la ubicación del titulo sobre el terreno, trazando su forma geométrica en un plano, que es la expresión gráfica de las indicaciones contenidas en el título, para comprobar si la superficie poseída es la que este indica y determinar, en su caso, la de la porción que falte dentro de las propiedades vecinas.
Diferencia con el deslinde: su diferencia con el deslinde resulta
clara, si se considera que tiende a impedir usurpaciones de terrenos ajenos, reclamando lo que un colindero haya podido ocupar sin derecho.
De trata de una acción, la de mensura, que corresponde a todos los copropietarios limítrofes, por lo que tiene carácter de recíproca. El deslinde supone la mensura; pero ésta puede solicitarse aun
cuando no exista confusión de límites.
Procedimiento de lesividad | | | Procedimiento de notificación |