(Derecho Constitucional) V. Régimen parlamentario. Parlamentarismo nacionalizado: régimen parlamentario reglamentario en forma que se palien sus inconvenientes (sobre todo, la inestabilidad gubernamental) resultantes de la ausencia de una mayoría coherente (otorgamiento de prerrogativas al gobierno en el procedimiento legislativo, reglamentación de la responsabilidad gubernamental, plazo de reflexión, mayoría calificada, designación concomitante del nuevo jefe del gobierno, etc.). Ejemplo: Constitución francesa de 1958; Constitución de la República Federal Alemana.
Derecho Constitucional
(V. forma de gobierno).
Doctrina o sistema que basa en el Parlamento el Poder legislativo e incluso el gobierno del Estado. | Régimen político donde el Parlamento ejerce influjo decisivo en la vida general del país y sobre los demás poderes públicos. | Liberalismo. | Dictadura del Parlamento. | Degeneración del mismo.
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