(Derecho Constitucional) Régimen en el cual los detentadores del poder, que a menudo se han adueñado de él por la fuerza (golpe de estado, revolución), lo ejercen autoritariamente, sin verdadera participación del pueblo y sin tolerar la oposición.
La dictadura puede ser una reacción de defensa del orden establecido insuficientemente protegido por la democracia (dictaduras reaccionarias o conservadoras; ejemplo: dictaduras fascistas), o un instrumento de trasformación de la sociedad (dictaduras revolucionarias; ej.: Dictadura del proletariado).
Derecho Constitucional
(V. forma de gobierno).
Dignidad o cargo de dictador. Tiempo que dura.
Gobierno que, invocando el interés público, se ejerce fuera de las leyes constitutivas de un país.
Dignidad, si cabe la voz en esta ocasión, y cargo de dictador. | Duración de este ejercicio absoluto del poder. | Poder absoluto conferido temporalmente, en la República romana, para restablecer el orden ciudadano o librar al pueblo de inmediatos peligros. | En los pueblos modernos, gobierno, unipersonal casi siempre, que invocando el patriotismo o el interés público, para encubrir el personal, ejerce inconstitucionalmente el poder, acumulando las funciones legislativas y ejecutivas, y sojuzgando a los tribunales, o nombrando y removiendo libremente a Jueces y magistradas.
Dictador | | | Dictadura romana |