Son los precedentes judiciales, especialmente del Tribunal Supremo, que complementan el ordenamiento jurídico administrativo con su reiterada doctrina al interpretar y aplicar el derecho positivo. Por otra parte, las normas constitucionales, según son interpretadas por el Tribunal Constitucional, obligan a todos los órganos jurisdiccionales en la aplicación de las leyes y reglamentos. Por último, conviene tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de derechos humanos y la del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.
Código civil, artículo 1. Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial, artículo 5. Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y libertades públicas de 4 de noviembre de 1950, ratificado por España el 26 de septiembre de 1979.
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