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(Derecho Administrativo) Institución que durante largo tiempo constituyó una notable excepción al carácter precario de las autorizaciones de toma de agua del dominio público fluvial. Era un verdadero derecho de propiedad, supervivencia histórica fundada en títulos muy antiguos, anteriores a la Revolución de 1789, que existía en favor de ciertos “pilotos de caídas”, que tuvieron que ser expropiados al hacerse la nacionalización de los productores de electricidad en la Liberación.
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