Derecho Mercantil
Tienen la consideración de establecimientos financieros de crédito las entidades que no sean entidades de crédito y cuya actividad principal consista en la realización de determinadas actividades: préstamos y créditos, incluso al consumo; factoring; arrendamiento financiero; concesión de avales y garantías. Se rigen por la Disposición Adicional de la Ley 14 de abril de 1994 y R.D. 26 de abril de 1996.
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