Enciclopedia jurídica

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Especificación

Es el conjunto de soluciones previstas legalmente para decidir a quién pertenece la cosa producida cuando ésta es el resultado de la labor de una persona, especificante, que ha utilizado material que no era de su propiedad. Las soluciones dependen de las siguientes variables: la buena o mala fe del especificante, y el valor de la cosa producida en relación con el material utilizado. Si hubo buena fe y el valor de la obra es superior al del material, la propiedad se atribuye al especificante, que deberá, no obstante, indemnizar al propietario del material utilizado. Si el valor de éste es superior a la obra, el dueño del material puede quedarse con la obra indemnizando al especificante por su labor. Y si hubo mala fe, el dueño del material puede quedarse con la obra sin indemnizarle.

Código civil, artículo 383.

Es el hecho jurídico por el que la obligación genérica se convierte en obligación específica. Denominado también concentración, concreción o individualización, consiste en la actividad del deudor o de un tercero encaminada a cumplir una obligación genérica. Así, la entrega de una tonelada de cemento requiere separar esta cantidad de tal mercancía para entregarla al acreedor. La concentración o separación de una tonelada de cemento del almacén del deudor, conllevará, además, un cambio importante en el riesgo que afecte a dicha mercadería para el supuesto de su pérdida o deterioro.

Modo de adquirir el dominio que se produce "cuando alguien, por su trabajo, hace un objeto nuevo con la materia de otro, con la intención de apropiárselo" (art. 2.567 de] Cód. Civ. arg.),


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