Enciclopedia jurídica

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Dignidad de la persona

Derecho Constitucional

Valor espiritual y moral inherente a la persona, íntimamente vinculado al libre desarrollo de la personalidad y a los derechos a la integridad física y moral, a la libertad de ideas y creencias, al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida y que lleva consigo la pretensión de respeto por parte de los demás (S.T.C. 53/1985). Implica el respeto a la persona como ser humano y a los derechos inherentes al mismo.

La Constitución Española inicia su Título I, dedicado a los derechos y deberes fundamentales, proclamando que la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social (art. 10) (V. derechos fundamentales y libertades públicas).


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