Enciclopedia jurídica

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Debates parlamentarios

Controversias desarrolladas en las cámaras legislativas durante la actuación deliberante de las mismas y que, consistiendo esencialmente en la discusión y confrontación de opiniones, resulta en la formación de una voluntad mediante la correspondiente votación. El presidente de la cámara asume la llamada disciplina parlamentaria: otorga o deniega el uso de la palabra, interrumpe la intervención de los parlamentarios cuando han agotado el tiempo, cierra la discusión cuando la cuestión ha sido suficientemente debatida, etc. Los parlamentarios pueden, además, solicitar el uso de la palabra en dos oportunidades: en el turno de alusiones, cuando han sido aludidos en una intervención; en el turno de réplica o turno de dúplica, si han sido contradichos en sus alegaciones por otro parlamentario.

Reglamento del Congreso de los Diputados, artículos 32, y 69 a 77. Texto refundido del Reglamento del Senado, artículos 101 a 103.


Debate restringido      |      Debe