Adscripción de un Estado a una determinada religión o creencia. La aconfesionalidad es la mejor forma de garantizar el pluralismo religioso y, con él, la tolerancia religiosa. Los derechos de igualdad y libertad religiosa obligan al Estado a reconocer la libertad de culto a las confesiones o comunidades en que se integren los ciudadanos conforme sigan éstos sus convicciones religiosas. La libertad de religión y culto o tolerancia religiosa puede considerarse como el tramo final de una evolución secular que, iniciada con la unidad religiosa fundada en la confesionalidad del Estado, hizo tránsito a la libertad de cultos como antesala a la etapa actual.
Ley orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad religiosa, artículo 2.
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