Derecho de las Comunidades Europeas
Está constituido por los representantes permanentes de los Estados miembros. Se encarga de asistir al Consejo de la Unión tratando los asuntos (propuestas y proyectos de actos presentados por la Comisión) que estén en el orden del día del mismo, en una fase previa a las negociaciones. El COREPER prepara las actividades del Consejo y lleva a cabo las tareas que éste le confía, actuando como filtro para que sólo los temas más difíciles y delicados sean tratados a nivel ministerial. Ocupa un lugar central en el sistema de toma de decisiones comunitario donde es un órgano al mismo tiempo de diálogo (diálogo entre los Representantes Permanentes y de cada uno de ellos con su capital) y de control político (orientación y supervisión de los trabajos de los grupos de expertos). Este Comité que se reúne cada semana, supervisa y coordina asimismo los trabajos de unos 250 comités y grupos de trabajo compuestos por funcionarios de los Estados miembros que preparan a nivel técnico los informes que presentan al COREPER y al Consejo.
Se divide de hecho en dos con el fin de hacer frente al conjunto de las tareas que se le confían: el COREPER I compuesto de los representantes permanentes adjuntos para examinar cuestiones técnicas (política de transportes, política social...); el COREPER II compuesto por los embajadores representantes permanentes para cuestiones políticas e institucionales, relaciones exteriores, etc.
La calidad de los trabajos del COREPER es la garantía de un buen funcionamiento del Consejo.
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