Enciclopedia jurídica

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Administración municipal

Es la organización de las funciones públicas en y para una porción del territorio del Estado denominada municipio. Este es una comunidad de personas y familias, situadas en la misma unidad territorial, para la satisfacción de las necesidades derivadas de las relaciones de vecindad. Dentro de los organismos infraestatales, el municipio constituye el ente local de mayor interés; las raíces tradicionales de los municipios responden a profundas necesidades sociológicas. Ahora bien, el municipio es un organismo subordinado al Estado; como tal, recibe de este último un cierto poder de organización y una determinada potestad coercitiva. En todo caso, el municipio es una comunidad total; es decir, como la familia y el estado, el municipio es un círculo social donde se satisfacen, o intentan satisfacer, todos los fines comunes de la vida humana.

Ley de bases del Régimen local, artículos 11 a 30.


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