Son los que realizan actividades propias de la función pública del Estado en una parte determinada del territorio nacional. Por la delimitación territorial que les afecta, dichos organismos constituyen la denominada administración local. Esta es general cuando los fines propios de la misma cubren los objetivos generales de la vida del territorio asignado. En tal supuesto se encuentran las dos grandes entidades locales: la provincia y el municipio, cuya delimitación territorial marca el ámbito de sus competencias generales. Si la Administración Local es especial, se trata de la que cumple fines específicos propios de un determinado ramo administrativo.
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