Enciclopedia jurídica

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Administración del concurso

Es la primera de las tres piezas procesales en que se desglosa el juicio del concurso de acreedores desde el momento en que se ha designado la Sindicatura y ésta sustituye al Depositario administrador en sus funciones. A la pieza de administración del concurso se incorporan las actuaciones procesales hasta aquel momento practicadas: declaración del concurso y diligencias concursales. La administración del concurso consiste en los trámites destinados a la conservación y administración de los bienes del concursado por parte de los Síndicos, que cuidarán que dichos bienes den las rentas y productos que correspondan, debiendo dar cuenta mensualmente al juez de dicha administración. Asimismo, deberán los Síndicos proceder a la realización de dichos bienes, mediante el sistema de enajenación que corresponda en cada caso; los bienes a enajenar serán tasados por un perito elegido por el juez. Los Síndicos presentarán una cuenta general sobre dichas enajenaciones.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1.228 a 1.248.


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