(Derecho Internacional Público) Territorio encomendado a la administración de un Estado, bajo la su pervisión de la O.N.U., a fin de asegurar su desarrollo y hacer que evolucione hacia la autonomía interna o la independencia. Simple adaptación del régimen de los mandatos (V. esta palabra), el régimen de tutela se ha aplicado a los territorios que se hallaban bajo mandato todavía al final de la segunda guerra mundial y a Somalia (separada de un Estado vencido en 1945) I odos los territorios bajo tutela han pasado a ser Estados independientes, menos las Is las del Pacífico (Carolinas, Marshall, Marianas, que están bajo la tutela de Estados Unidos de Norteamérica). V. (,\'onsejo de tutela.
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