Dentro del grupo genérico de las tarjetas de crédito, las que emiten los bancos rivalizan con las emitidas por las compañías especializadas en el llamado también dinero de plástico, por el documento en el que se incorpora este título-valor impropio. Hay tarjetas bancarias emitidas por una sola entidad crediticia y las emitidas por varias de éstas conjuntamente. Deben distinguirse de las que emiten las compañías especializadas conjuntamente con una entidad de crédito bancario (como la Visa-Banco Bilbao-Vizcaya). En todo caso, la variedad de servicios ofrecidos por estas tarjetas se especializan en las prestaciones típicamente bancarias (cajeros automáticos, por ejemplo), sin perjuicio de los servicios de crédito en las compras en los establecimientos concertados. La exclusión de responsabilidad del titular por uso de la tarjeta por tercero (en caso de hurto, robo, conocimiento indebido del número, etc.), es nota común a todas las referidas tarjetas, siempre que se cumplan los formalismos del aviso previstos.
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