(Derecho Civil) Derecho concedido por la ley a un acreedor de guardar un objeto perteneciente a su deudor y que no haya recibido por un contrato de fianza, hasta el pago de lo que le debe.
Detención. | Conservación. | Memoria, recuerdo. | Descuento de sueldo, salario. | Ejercicio de nuevo cargo con reserva del anterior. | Suspensión de rescripto. | Arresto, prisión preventiva. | Facultad que corresponde al tenedor de una cosa ajena para conservar la posesión de la misma hasta el pago de lo debido por razón de ella. No configura privilegio, sino una prenda constituida unilateralmente, al amparo de un derecho reconocido por ley.
Retasación | | | Retención de certificaciones de obras |