Enciclopedia jurídica

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Responsabilidad patrimonial de la Administración

[DAd] Institución proveniente de la acción aquiliana o de responsabilidad extracontractual aplicada al ámbito de la Administración pública que ha evolucionado desde un sistema subjetivo o de responsabilidad por culpa a otro objetivo en el que el damnificado tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones que sufran en sus bienes y derechos, salvo en casos de fuerza mayor, siempre que sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos y el daño sea efectivo y evaluable económicamente.
CE, art. 106.2; LRJ-PAC, arts. 139
a 146.


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