(Derecho Penal) Obligación de responder de los propios actos delictuosos sufriendo una sanción penal en las condiciones y en las formas prescritas por la ley. Más especialmente, esta expresión se utiliza a propósito de ciertas personas a causa de una cualidad que les es propia (ej., responsabilidad penal de los médicos) o de un modo de participación en la infracción (ej., responsabilidad penal del instigador).
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