Enciclopedia jurídica

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Reintegración de la quiebra

[DMer] Conjunto de actuaciones destinadas a aumentar la masa de acreedores cuando una empresa se encuentra en situación de concurso. Mediante las mismas se pretende obtener la rescisión de actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta, fia Ley 22/2003, de 9 de julio, Concur- sal, arts. 71 a 73.

Consiste en el conjunto de operaciones de la quiebra destinadas a incrementar el caudal de aquélla. Las operaciones de retroacción son las más importantes dentro de dicho grupo. Como opuestas a ellas, están las operaciones destinadas a desintegrar la masa activa, llamadas operaciones de separación de la quiebra. Las operaciones que derivan de las relaciones jurídicas preexistentes a la quiebra pueden conllevar un incremento de la masa activa o bien una reducción de la masa de la quiebra. Pese a la inalterabilidad de la masa activa, las deudas de la masa de la quiebra son pagaderas con preferencia a todas las demás deudas. Es un rasgo común a todos los procesos concursales.

Código de comercio, artículos 908, 909, 911 y 918. Ley de Enjuiciamiento civil, artículo 1.381.


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