[DCiv] Registro público donde se hacen constar todos los actos relativos al estado civil de las personas. Existen Registros Municipales dependientes de los Juzgados de Primera Instancia, Registros Consulares y un Registro Central. Está organizado en cuatro Secciones: de nacimientos, de matrimonios, de defunciones y de tutelas y representantes legales. 1*=?^ CC, art. 325 ss.; LRC; Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
Institución pública dedicada a registrar es estado civil de las personas:
nacimiento, matrimonio, divorcio y muerte.
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