Cuando, por causas diversas de necesidad, se fija obligatoriamente, por razones de orden público, el consumo máximo por persona (u otra unidad de referencia; Ver Gr., Automotor) de determinados bienes (Ver Gr., Alimentos, ropas, combustibles, etcétera).
Es un fenómeno característico de los tiempos de guerra.
Fijación obligatoria de cantidades máximas en el consumo de determinados artículos alimenticios, ropas, combustible y otros productos indispensables para la población en general o para alguna actividad, oficio o profesión. A ese concepto agrega L. Alcalá-Zamora que, aun cuando el racionamiento puede producirse en tiempo de paz, por malas cosechas, peores administraciones u otras desgracias, el de la población civil constituye fenómeno peculiar de las guerras modernas, incluso anticipadamente, por la movilización general que significan de brazos, arrancados a la producción y fabricación de alimentos, para dedicarlos a la industria bélica y a cubrir los efectivos de las unidades militares.
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