Es una modalidad procedimental por la que se tramitan las reclamaciones planteadas en las demandas que afecten a intereses generales de un grupo genérico de trabajadores y que versen sobre la aplicación e interpretación de una norma estatal, convenio colectivo, cualquiera que sea su eficacia, y decisión o práctica de empresa. Están legitimados para tales procesos los sindicatos, las asociaciones empresariales, los empresarios y los órganos de representación legal o sindical de los trabajadores en los casos previstos legalmente. A la demanda con que se inicie el proceso se acompañará certificación de haberse intentado la conciliación previa. El proceso tendrá carácter urgente y la preferencia en su despacho será absoluta.
Ley de Procedimiento laboral, artículos 150 a 159.
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