(Procedimiento General) Aparecido históricamente en tiempos en que el poder era capaz de obligar a los litigantes a recurrir a auxiliares calificados y a una justicia administrada por magistrados profesionales, el procedimiento inquisitorial era escrito, secreto, y no contradictorio, ya que el juez obedecía a su íntima convicción.
En el derecho francés contemporáneo, el procedimiento se llama inquisitorio o inquisitorial cuando el juez ejerce una función preponderante en la conduccción del proceso y en la búsqueda de las pruebas: fase de instrucción del proceso penal, procedimiento administrativo.
En la práctica, se han hecho transacciones entre el procedimiento acusatorio y el procedimiento inquisitorial, ya que el carácter contradictorio siempre ha sido la garantía necesaria de la libertad de la defensa. V. Contradictorio (Principio del...), Dirección del proceso, Sustanciación, Procedimiento acusatorio.
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